Definición
El leasing es un contrato de arrendamiento financiero mediante el cual el banco o empresa de leasing entregará en alquiler un bien inmovilizado al arrendatario incluyendo una opción de compra, esta opción podrá ser ejercitada al final del contrato por un precio que se denomina valor residual y que generalmente coincidirá con el del la última cuota. De manera que será el arrendatario el que decida al final del contrato si adquiere el bien o este es devuelto al arrendador.
Duración
La duración mínima del contrato de leasing viene regulada legalmente y dependerá de la naturaleza del bien: mueble o inmueble, para los primeros es de dos años y para los segundos de diez. En general nunca excederá de la vida operativa del bien.
Fuente de financiación
El leasing constituye una fuente de financiación alternativa a largo plazo ya que permite la utilización de determinados activos inmovilizados sin realizar inversión alguna. No obstante el precio de la operación, es decir, los intereses, siempre será superior al que aplicaría una entidad bancaria por un préstamo para la adquisición del bien.
Pago
Mediante este contrato el arrendatario se obliga a satisfacer unas cuotas al arrendador, que están destinadas a pagar:
- El valor del bien objeto del contrato.
- Los intereses financieros de la operación.
- El Impuesto sobre el Valor Añadido.
Valor residual
A la finalización del contrato el arrendatario tiene la posibilidad de ejercer tres opciones:
- La opción de compra incluida obligatoriamente en este por un importe que general coincide con el de la última cuota, aunque podría ser distinta, con lo que el bien pasaría a ser de su propiedad.
- No ejercerla, con lo que el bien debe ser devuelto al arrendador.
- Prorrogar el contrato de leasing.
Esquema de funcionamiento
El esquema de de relación entre las partes en un leasing es el que se expresa en el cuadro siguiente:
Desde el punto de vista fiscal el arrendatario se deducirá en el impuesto sobre sociedades los intereses pagados en la operación y podrá deducir también como gasto, de la parte correspondiente al pago del bien, una cantidad que no supere el doble del coeficiente de amortización lineal que le corresponda, el triple si se trata de una empresa de reducida dimensión
Incidencia impositiva
A simple vista, cuando el arrendador ejerce la opción de compra, existen pocas diferencias con respecto a un o préstamo para la adquisición del mismo bien, no obstante, las diferencias son dos:
La formulación para su cálculo es muy similar a la del préstamo por el sistema francés utilizado fundamentalmente en los préstamos hipotecarios.
Riesgo bancario
Por último hay que saber que las operaciones de leasing tienen una consideración de riesgo menor para el banco, ya que es este el que mantiene la propiedad del bien, con lo que la capacidad de la empresa para nuevas operaciones financieras será mayor que si se le hubiera concedido un préstamo.
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