Prefacio
El pasado 18/08/19 leí en el diario El País la historia de una persona, ya fallecida, cuya mujer demandó al banco que le había ofrecido una tarjeta para gastos, por ejemplo, gasolina, por lo que ella consideraba un engaño. Pues bien, el juzgado le dio la razón y le ordenó al banco pagar los 21.000 € de intereses abonados por su marido por las compras de algo menos de 10.000 €.
El meollo del asunto
Se trata de una tarjeta revolving o de pago aplazado.
Mortadelo vs James Bond
Otra palabreja más que nos tendremos que aprender, los que me habéis leído ya conocéis mi aversión al uso de los anglicismos cuando se puede decir perfectamente en nuestro idioma, como en mi entrada sobre la marca personal. ¿Lo habéis notado? No he dicho post ni personal branding. Pero bueno, tarjeta de pago aplazado tal vez signifique mucho esfuerzo.
Definición
Si os parece, empecemos por el principio.
Una tarjeta revolving, en adelante tarjeta de pago aplazado, no es más que un crédito al consumo. Sí, esa tarjeta por la que nos han llamado cientos de veces desde distintas compañías financieras, que no tiene comisión, ni gastos de emisión, ni tienes que cambiar de banco, es eso, un crédito al consumo encubierto.
Características
Sus características principales son:
- Tienen un límite establecido del que podemos disponer.
- El titular decide que importe pagar, pudiendo elegir en la mayoría de los casos entre el pago total o fijar una cantidad mensual fija o variable. Digo en la mayoría de los casos, puesto que hay entidades que no permiten el pago total, sino un porcentaje del límite o de lo dispuesto; pudiendo existir, además, unos importes mínimos y máximos a pagar.
- Cuando el modelo elegido es el de un pago mensual, ya sea una cantidad fija o un porcentaje de la deuda, es cuando empiezan a contar los intereses, que pueden oscilar del 5 al 25%, esta última cifra es, como podréis comprender usuraria, y ya hay entidades reconocidas que han provisionado en balances cantidades importantes por este motivo. En estos casos el gasto suele ser, es, mayor que la cantidad pagada y la diferencia se acumulará al importe dispuesto.
- Como os decía antes, no tienen ni comisiones ni gastos de emisión y te pueden devolver un porcentaje del consumo.
¿Tenemos dudas?
Después de lo antedicho, lo primero que tenemos que plantearnos es si tenemos nosotros una tarjeta de este tipo. En principio, la tarjeta de débito no puede serlo, pero la tarjeta de crédito, en la mayoría de los casos nos permite aplazar pagos a unos intereses verdaderamente altos, pero desde mi punto de vista no lo son. Si la o las que tenemos no son de estos dos tipos, la que tenemos probablemente sí lo sea.
¿Significa esto último que tenemos un problema? Si hacemos un buen uso, es decir, pagamos, si nos lo permite el contrato, todo lo gastado en el mes o gastamos menos que la cuota fija, entonces no.
Pero ¿qué ocurre si no es así? Te voy a responder con un circunloquio, estarás en una de las dos categorías en la que estamos todos los hombres del planeta: los que han tenido problema con la próstata y los que lo tendrán, está en cursiva porque la frase no es mía sino de mi médico de familia.
El Banco de España
A todo esto, ¿qué dice el Banco de España?, pues recomienda qué si la deuda se va a saldar en un plazo largo, la entidad emisora de la tarjeta deberá dar información periódica al usuario sobre el estado de su deuda. Si has leído esta frase atentamente ya te habrás dado cuenta de que la información que nos van a dar es poca cosa, ya que se trata solo de una recomendación.
Vamos aquí a seguir los consejos que hace la OCU acerca de este tipo de tarjetas:
- Aplazar solo la compra que desees, si la tarjeta lo permite, claro.
- Si esto último no es posible, usa la tarjeta solo para esta compra y no la uses más ese mes.
- Cancela la deuda en cuanto dispongas de liquidez.
- Si las condiciones son interesantes, interés bajo, por ejemplo, úsala solo para las compras que desees aplazar y la de crédito habitual para el resto de tus compras.
El por qué
Si son tan indeseables, ¿por qué tienen cada vez más uso? En primer lugar, porque son insistentes, en segundo porque solo te venden la parte amable: no hay que cambiar de banco, incluso te devuelven un porcentaje de la compra, por ejemplo, cada vez que llenas el depósito de gasolina, etc., en tercer lugar, porque somos débiles y, por último, porque cada uno tiene unas necesidades y disponibilidades financieras distintas.
La realidad es que las tarjetas de pago aplazado están pensadas, es mi opinión, para aquellas personas que gastan más de lo que ingresan y no tienen más capacidad financiera, porque lo lógico sería acudir al banco para un préstamo al consumo y entonces los intereses serán, seguramente, más bajos.
En cualquier caso, si el interés es razonable, la opción no es mala siempre que se haga un uso razonable. El problema es que en la mayoría de los casos la información que recibe el cliente a la hora de contratarla es mala y nos acabamos dando cuenta cuando es demasiado tarde.
Hagamos algunos números
Para simplificar no tomaremos en consideración comisiones y gastos de apertura y todos los casos están montados alrededor del caso 1 con unos tipos de interés habituales.
También os pido un acto de fe hacia mí, o mejor dicho mis conocimientos financieros, así nos ahorramos cálculos farragosos y tablas de amortización.
¿Me lo concedéis?, pues gracias,
Caso 1
Contratamos una tarjeta de pago aplazado, nuestro gasto mensual es de 800 €, pagamos todos los meses 400 y la mantenemos durante un año, al final del año tenemos un saldo pendiente de 5.265,39 € y no la usamos más, solo seguimos pagando 400 € al mes hasta saldar la deuda, el interés lo fijamos en el 20%.
Concepto | Importe |
Dispuesto | 9.600,00 |
Pagado | 10.129,55 |
Intereses | 529,55 |
Desde que se contrata la tarjeta hasta que se salda la deuda pasan dos años y cuatro meses.
Caso 2
Pedimos un préstamo al consumo por el saldo máximo a dos años, es decir 5.265,39 €, al tipo de interés 7,5%.
Concepto | Importe |
Cuota mensual | 236,94 |
Pagado | 5.686,57 |
Intereses | 421,18 |
Cuando se contrata un préstamo la cantidad se nos entrega a la firma del contrato, pero en este caso, no necesitamos todo el importe desde el principio, sino, más o menos 400 € al mes, por lo que hemos pedido prestado dinero que estará ocioso hasta final de año. Aun así, los intereses bajan considerablemente.
Caso 3
Contratamos una póliza de crédito por el mismo importe, anual, interés 8,5%. Al hacer esto solo pagaremos intereses por las cantidades dispuestas y seguiremos ingresando en la cuenta de crédito los 400 € mensuales del caso 1.
Concepto | Importe |
Saldo al final del año | 4.612,36 |
Intereses | 212,36 |
Los intereses son mucho menores, pero al final del año el problema es que seguiremos teniendo un saldo pendiente de pago, por lo tanto, este caso no es viable a no ser que se pague el saldo al final del año.
Caso 4
Contratamos la póliza del caso 3 más un préstamo al año siguiente por el saldo, 4.612,36 €, con las condiciones del caso 2.
Concepto | Importe |
Cuota mensual | 401,22 |
Pagado | 4.814,16 |
Intereses | 191,13 |
Con lo que los intereses totales, en este caso son 403.49, que es la suma de los intereses del caso 3 y 4.
En resumen
Con las condiciones dadas, cualquier caso es mejor que el 1, así que, si podemos huyamos de ella. Cómo dice el proverbio: el que huye del problema, evita el problema.
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